Justicia e instituciones ·

Rebajar el exceso de velocidad que se castiga como delito

Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, Orgánica de modificación del artículo 379.1 del Código Penal, sobre conducción a velocidad superior a la permitida reglamentariamente.

Aprobado Toma en consideración

Cómo quedó la votación

350votos
  • Sí 176
  • Abstención 138
  • No votó 3
  • No 33

Cada punto es un diputado, agrupado por sentido del voto y grupo. No indica dónde se sienta. Fotos: Congreso de los Diputados.
  • PP 137
  • PSOE 121
  • VOX 33
  • Sumar 26
  • Mixto 8
  • Junts 7
  • ERC 7
  • Bildu 6
  • PNV 5
Sí
176
No
33
Abstención
138
No votó
3

Recuento de este trámite, no de toda la tramitación de la norma.

Lista de los 350 diputados y su voto

Sí 176

Socialista (PSOE) 119

Abstención 138

Popular (PP) 137

No votó 3

No 33

VOX 33

Cómo votó cada grupo

GrupoRepartoSíNoAbst.No votó
Popular (PP)001370
Socialista (PSOE)119002
VOX03300
Sumar25001
Mixto7010
Junts per Catalunya7000
Republicano (ERC)7000
EH Bildu6000
Vasco (EAJ-PNV)5000

Número de diputados de cada grupo en esta votación.

  • Sí
  • No
  • Abstención
  • No votó

En lenguaje claro

Se votaba la toma en consideración de una proposición de ley orgánica que propone rebajar el exceso de velocidad a partir del cual conducir es delito. Según su exposición de motivos, hoy lo es superar el límite en más de 60 km/h en vía urbana o en más de 80 km/h en vía interurbana; pasaría a serlo superarlo en más de 50 y 70 km/h, respectivamente. El texto prevé para ese delito prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad, y en todo caso la retirada del derecho a conducir de uno a cuatro años.

Resumen generado por IA. Puede contener errores; consulta los documentos oficiales.

Fuentes oficiales

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